LA CALIBRACIÓN EN LAS ORGANIZACIONES CUYOS SISTEMAS DE GESTIÓN O SUS PRODUCTOS SE ENCUENTRAN CERTIFICADOS
La competitividad y la sostenibilidad de las empresas se apoya en la implantación de sistemas de gestión normalizados de acuerdo con normas internacionales (ISO 9001, ISO 14001, ISO 22001, ISO 45001, etc.) que establecen requisitos para los sistemas de gestión entre los que se encuentran los relacionados con los equipos o sistemas de medida que se utilizan en dichas organizaciones para asegurar estos son adecuados para realizar las medidas que la organización tiene que hacer, se calibran o verifican y se garantiza que son válidos para dichos fines.
En gran parte de las empresas los equipos sometidos a estos requisitos (los relacionados con garantizar que los productos o los procesos cumplen con los requisitos o con garantizar el cumplimiento de los requisitos ambientales, de inocuidad alimentaria, de seguridad y salud,
etc.) se calibran externamente en laboratorios que, de acuerdo con las políticas y acuerdos internacionales relacionados con la certificación, han de cumplir con alguno de los siguientes requisitos (1):
(A) Un laboratorio de calibración acreditado para la calibración en cuestión por un Organismo de Acreditación firmante del acuerdo de reconocimiento mutuo de ILAC, https://ilac.org/signatory-search/, que emite un certificado con el símbolo o marca de acreditación correspondiente o una referencia específica a dicha acreditación.
(B) Un Instituto Nacional de Metrología de los que se incluyen en el Apéndice C de la base de datos establecida en el marco del Acuerdo de Reconocimiento Mutuo del Comité International des Poids et Medidas (CIPM), http://www.bipm.org/en/cipm-mra/, que emite su certificado con su logotipo y para una calibración o medición para la que está reconocido en la base de datos de comparaciones clave, https://www.bipm.org/kcdb/.
En ocasiones las empresas eligen no realizan sus calibraciones en laboratorios que cumplan la trazabilidad cumpliendo con lo indicado anteriormente y les solicitan que les envíen los certificados de calibración de los patrones de los laboratorios que utilizan como prueba de que aseguran la trazabilidad metrológica: esto no es aceptable y los auditores de entidades de certificación, en general, no lo aceptan ya que de acuerdo a los requisitos aplicables(1), no es suficiente para asegurar la trazabilidad. En estos casos, que en algunos casos podrían estar justificados por que no se disponga de laboratorios acreditados, por servicio que presta el laboratorio en cuestión, por coste, etc., la organización cuyo sistema de gestión está certificado debe1 llevar a cabo la evaluación de los laboratorios contratados para asegurar que son capaces de garantizar la trazabilidad de las medidas y la correcta ejecución de las calibraciones, lo cual requiere considerar, además de que los patrones de referencia que garantizan la trazabilidad cumplan con los criterios indicados en las opciones A o B, aspectos como los procedimientos de calibración utilizados, el cálculo de la incertidumbre de calibración, los registros de las calibraciones o la competencia del personal que realiza las calibraciones. Por otra parte, se requiere que dicha evaluación al laboratorio externo sea realizada por una persona competente para evaluar a su vez la competencia del laboratorio que va a realizar dicha calibración. El auditor del organismo de certificación deber igualmente ser competente
para auditar los aspectos indicados.
La otra opción es calibrar internamente aquellos equipos que sea necesario …. (en una próxima información abordaremos este tema).
(1) NT-62 Rev. 2 de ENAC Entidades de Certificación: Evaluación de la trazabilidad metrológica de los resultados de medida